¿Vas a vender?
Si usted quiere aumentar las oportunidades de conseguir compradores mediante la ley #9 de Estímulo Criollo de la compra de vivienda debe conocer que la cantidad de vivienda existente tiene un máximo de 4,000 propiedades cuyo uso debe ser primordialmente para residencia principal. Usted como vendedor le corresponde hacer una aportación de $3,000. Este dinero se va a descontar el día del cierre y se descuenta del sobrante que usted tenga como vendedor.
Por ejemplo si usted vende su propiedad en $200,000 y después de pagar los gastos que a usted el toca como vendedor y le sobran $10,000, el banco al momento del cierre le descontará $3,000 por la aportación de la ley #9; así su nuevo sobrante el día del cierre sería $7,000.
Usted como propietario vendedor puede decidir si quiere participar o no quiere participar. Lo importante es que debe notificar su decisión cuando consiga el comprador.
No aplica a segunda residencias ni a propiedades multi familiares. Su comprador cualificará para $10,000 en propiedades existentes y $25,000 en propiedades de nueva construcción. Este dinero se otorgará mediante una segunda hipoteca.
Aquí les informaremos.
